Medio: radioformula.com.mx
Especialista: Mtra. Erika Ornela Montes / FD
Tema: “Tu maquillaje ya no debería hacer pruebas en animales, pero alguien no hizo la tarea”
- En abril pasado se cumplió un plazo de 180 días para que el Poder Ejecutivo Federal emitiera disposiciones jurídicas para la aplicación del decreto donde se prohíben las pruebas cosméticas en animales.
Han pasado más de 7 meses desde que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) reformas que establecen la prohibición de realizar pruebas cosméticas en animales; sin embargo, a la fecha hay dudas sobre cómo se regulará el tema en México, lo cual abre un limbo.
Este avance, la prohibición de la experimentación en animales para probar maquillaje y otros productos cosméticos, se logró en México después de 2 años en el Congreso de la Unión
Fue en abril del 2019 cuando se presentó la iniciativa en el Senado, y aunque durante su avance por las cámaras sufrió modificaciones, finalmente recibió el aval para enviarse el Ejecutivo Federal en septiembre del 2021.
Un mes después, el 14 de octubre del 2021, esta prohibición se publicó en el DOF como un decreto que reformaba y adicionaba diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
Con esto, México se convirtió en el país número 41 a nivel mundial y el primero en América del Norte en prohibir pruebas cosméticas en animales. Hablamos de, por ejemplo, poner sobre su piel una sustancia para ver cómo reacciona ante ella; si se hincha, irrita o causa algún malestar en particular, antes de que el producto salga al mercado.
“A veces uno piensa en maquillaje, labiales, artículos de belleza, pero es bastante más amplio, también las pastas de dientes o desodorantes son considerados cosméticos”, detalló Antón Aguilar, director ejecutivo de Humane Society International en México, organización que concientizó sobre el tema a través del corto animado “Save Ralph” sobre un conejo que era sometido a estas pruebas.
Imagen: Humane Society International / México
A grandes rasgos, los cambios publicados en el DOF establecieron la prohibición de fabricar, importar o comercializar productos cosméticos que en su formulación final o ingredientes hayan mediado o fueron objeto de pruebas en animales.
Esto con algunas excepciones; por ejemplo, cuando no exista un método alternativo que sea respaldado por la comunidad internacional para validar la seguridad del ingrediente o al cumplir requisitos de otros países con fines de exportación.
Finalmente se señala que quien contrate, autorice, conduzca, participe o desarrolle este tipo de pruebas se le aplicará una pena de 2 a 7 años de prisión y multa equivalente de 200 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Prohibición de pruebas cosméticas en animales: los ‘peros’
A pesar de la publicación del decreto en el DOF, hay artículos transitorios que contienen puntos claves para avanzar en su regulación y de los cuales no se cuenta con información pública.
Como ejemplo está el segundo artículo transitorio, el cual establece que a partir de su publicación, el Ejecutivo, a través de instancias competentes, tendrá 180 días para expedir las disposiciones jurídicas necesarias para la aplicación del decreto.
Otro artículo señala que la Secretaría de Salud, en términos de lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad, tendrá que adecuar normas oficiales mexicanas relacionadas con las disposiciones establecidas en el decreto.
Será a partir de la publicación de las disposiciones jurídicas cuando los fabricantes tendrán 2 años para sustituir las pruebas cosméticas en animales por métodos alternativos, esto se señala en el quinto transitorio.
En abril pasado se cumplieron 180 días desde la publicación del decreto en el DOF, esta fecha llegó sin que se conozca una versión pública de las disposiciones jurídicas o reglamentación secundaria.
Grupo Fórmula hizo una consulta sobre estas reglamentaciones en portales del Gobierno de México, incluyendo el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, pero no se encontró una versión pública de los documentos.
También se consultó a fuentes de la industria cosmética así como a organizaciones de protección animal en México y las cuales dijeron no tener conocimiento de la publicación de los documentos para la implementación de la ley.
De igual forma, Grupo Fórmula preguntó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) sobre la publicación de estas disposiciones jurídicas o si se tiene un plazo para presentar un proyecto o anteproyecto, se espera aún su respuesta.
¿Qué pasa si se incumple la reglamentación de las pruebas cosméticas en animales?
En caso de un incumplimiento de los plazos para emitir las disposiciones correspondientes, no hay un instrumento jurídico específico para pedir o “reclamar” por ello, explicó Erika Ornela Montes, especialista en derecho ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad La Salle.
La especialista señaló que en la práctica, lo que se ha hecho con otros casos donde hubo incumplimiento es que la ciudadanía promueve un amparo donde explica cómo es afectada por esto; también explicó que se podría interponer una controversia constitucional donde se acuse una omisión legislativa del Ejecutivo por la falta de la norma.
A nivel internacional, dijo, se podría emitir una recomendación u observación, pero esta no sería vinculante. Así el tema podría tomar más allá de los 180 días planteados para tener las disposiciones.
“Generalmente se impulsa por ciudadanos interesados en el tema, impulsan esta situación y promueven controversias. Si no hay nadie que impulse, va a seguir pasando y puede terminar la administración y quedarse en un cajón”, aseguró.
Desde la Canipec, conformada por la Cámara Nacional de la Industria de Productos Cosméticos y por la Asociación Nacional de la Industria de Productos del Cuidado Personal y del Hogar A.C. y a la que están afiliadas más de 70 empresas, aseguraron que en 2017 presentaron a Cofepris un proyecto de NOM para regular este tema sobre pruebas cosméticas en animales.
Asimismo indicaron que desde que se publicó la reforma en 2021, han mantenido comunicación con el área de Fomento Sanitario de Cofepris y se trabaja al interior en el proyecto de NOM, mismo en el que aseguraron que se considera la propuesta que presentó Canipec.
Una vez listo el anteproyecto de NOM, señaló Canipec, se espera que se ponga consideración del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, para que reciba la aprobación para que salga a consulta pública.
Actualmente hay 4 organizaciones en el mundo que se encargan de certificar que un producto está libre de experimentación animal para comprobar su seguridad o toxicidad para un uso humano; como Personas por el Trato Ético de los Animales (PETA) o Te Protejo, que revisa este proceso en América Latina.
En México estos sellos no son obligatorios; sin embargo, hay alrededor de 160 marcas que sí cuentan con una certificación libre de crueldad animal, como también se le conoce al tema.
“Nuestro proceso de certificación consiste en un análisis de toda la cadena productiva de una marca cosmética, desde insumos, ingredientes, el proceso de producción, la formulación final y la política de exportación”, explicó Nicole Valdebenito, directora de Comunicaciones y Asuntos Corporativos de Te Protejo.
Así es como marcas y empresas han avanzado de forma voluntaria para buscar métodos alternativos donde no se experimente o se hagan pruebas cosméticas con animales; sin embargo, y en tanto no exista una reglamentación, los trabajos siguen adelante por decisión de involucrados en la industria, ello mientras esperan las normas o regulaciones desde el gobierno federal.
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